jueves, 10 de febrero de 2011

Extremadura: Ayudas destinadas facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, que suspendan su actividad empresarial o profesional para atender a hijos menores de ocho años o familiares dependientes. (Programa II)


Finalidad
La subvención contemplada en este programa se concederá a las personas trabajadoras autónomas que contraten apersonas desempleadas que apoyen el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, con el fin de poder atender a:
Hijos menores de 8 años.
Ascendientes mayores de 65 años
Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, menores de 65 años, con discapacidad, por tener reconocida una minusvalía igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley. 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
La contratación a realizar para continuar la actividad de la persona trabajadora autónoma será por un periodo mínimo de 18 meses. Este periodo podrá ser inferior cuando desaparezcan las causas que dieron lugar a la contratación objeto de ayuda.

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